Estas candidaturas, ya son conocidas en el derecho comparado, se utilizan a lo largo del mundo desde hace más de 20 años, en Europa (Alemania, Francia, Portugal, Polonia, España). África (Mozambique, Nambia, Uganda y Zimbawe). Asia (India, Corea del Sur y Vietnam) y por supuesto en América (EEUU, Chile, Ecuador, Guatemala, Haití, México, Nicaragua, Perú Panamá).
En nuestro país, encontramos como antecedente el Decreto N 11.976/45, que se dictó durante el gobierno de facto de 1945, que jamás obtuvo operatividad práctica, sin perjuicio de señalar que dicho instrumento exigía prácticamente los mismos requisitos que para la constitución de un partido político.
Cabe destacar que existen en el Congreso de la Nación varios proyectos de ley para posibilitar las candidaturas independientes, encontrando su fundamento jurídico básicamente en el artículo 37 de la Constitución Nacional.
Podemos decir que las candidaturas independientes, son las que cualquier persona no afiliada a ningún partido político y que reúna los requisitos que la ley determina para cubrir un determinado cargo público electivo, pueda inscribirse como candidato y en donde los espacios políticos no tienen ninguna intervención en esa nominación.
También se los ha llamado candidatos cívicos, al ciudadano independiente que se postula usualmente para competir por algún cargo y no pertenece a ningún espacio político existente en el lugar donde presenta su candidatura.
Observando el derecho comparado se advierte como común denominador que esta figura surge ante las diferentes crisis que se presentan en un lugar y tiempo determinado. En nuestro país fuimos testigos por ejemplo del “que se vayan todos”, producto del abandono del Gobierno Nacional de la Alianza de la derecha argentina el 20 de diciembre del 2001.
Hoy nos encontramos con ecos de ese pasado no tan lejano y entonces resuena el “no hay por quién votar”, que se refleja por un lado en la apatía de los ciudadanos para participar en la vida interna partidaria o la oscilación paulatina en la cantidad de electores que acuden a las urnas a ejercer su derecho al sufragio, y por otro lado en votar por seudas candidaturas independientes al no encontrar respuestas en los espacios políticos tradicionales.
En este escenario, es muy probable que las candidaturas independientes que defenestran a la clase / casta política, logren una mayor adhesión de las demandas de la sociedad en el sistema político, prueba de ello son los liderazgos mediáticos, sin ideas o ideologías que lo sustenten, que pueden beneficiar a la sociedad, pero también pueden presentar sus prácticas más nocivas.
En el derecho comparado se viene advirtiendo como el empoderamiento de un líder que se consolida en forma independiente, pública y mediática, necesariamente debe pasar a formar un grupo y finalmente un partido político, convirtiéndose en lo mismo que criticó desde su lanzamiento.
Así también, estos líderes o figuras mediáticas pueden funcionar bien para una sola elección, al resultarles difícil consolidar una ideología o agenda que responda a las demandas de la mayoría de los ciudadanos, al existir solo el carisma de ese personaje, que los termina convirtiendo en un ente con personalidad mesiánica.
Entre los defectos se señala que estos candidatos generalmente rechazan las formas tradicionales de hacer política, es un candidato anti-establishment que busca romper las reglas del sistema, aunque él juegue dentro de ellas.
Al ser críticos del sistema – sus mensajes-, son adoptados como respuestas ante el descontento general de la opinión pública y al efecto proponen fórmulas mágicas y muchas veces técnica y/o jurídicamente impracticables, incluso resultan ilógicas o descabelladas, que producto de ese malestar general no se advierte prima facie, en un fuerte sector de la ciudadanía.
Por marketing o idearios se mueven en la marginalidad, buscando la concitación de otros sectores para incorporarlos a un nuevo sistema político, en esencia lo que se busca es crear un nuevo grupo de poder y en el camino se va al borde de la anarquía.
Además en los regímenes abiertos como el nuestro, estos candidatos van en post de lo que se conoce como demandas materiales, es decir de segundas metas, que se sitúan después de los valores como la democracia, justicia, ecología, etc.
Aparecen como pragmáticos, al no tener una ideología clara o de pertenencia, pueden hablar de todo o nada, proponiendo a través de la simple retórica sobre los grandes conceptos y esencialmente de las grandes demandas, pero sin decir cómo se concretarían.
Generan desconfianza respecto a sus recursos propios o de dónde vienen esos candidatos que tienen tanto tiempo para estar todos los días y en cualquier horario en diferentes programas televisivos y radiales, serán acaso presta nombres de algún político en desgracia o son subvencionados por grandes grupos hegemónicos de poder.
Por último, se critica que son inexpertos, arribistas, no conocen de la gestión pública y carecen de equipos o estructuras que lo asesoren, y en algunos casos ni siquiera cuentan con las personas en cantidad o calidad para ocupar todos cargos públicos necesarios de una administración central.
Donde el desafío principal es saber: Si gana cómo se institucionaliza. Como la mítica frase de un candidato a Gobernador de una Provincia de nuestro país, famoso cómico, que habría expresado: “Y si ganamos. ¿Qué hacemos?”.
Esta es una de las preguntas fundamentales, que se plantea desde la doctrina, si gana uno de estos candidatos, qué pasa después. Hacia dónde direcciona sus políticas públicas y en qué va a fundamentarlas y esencialmente con qué apoyo, si no tiene estructura política: No tiene gobernadores, intendentes, senadores o diputados (nacionales o provinciales) y si los tiene son mínimos, es decir carece de peso político, elemento esencial en un sistema representativo como el nuestro.
Como se advierte en el derecho comparado, las candidaturas independientes tampoco vienen a resolver todos los problemas y dudas de la ciudadanía, al contrario al decir de Héctor Fix Fierro, (Director del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM) en su conferencia sobre Derechos Políticos y Participación Ciudadana en la Reforma Constitucional de 2012, que “al no estar apoyadas por partidos políticos establecidos, puede generar candidatos con dificultades para gobernar”.
En realidad se debe asumir con seriedad que para la reproducción de un sistema democrático se requieren de auténticos espacios políticos y no esperar que mediante fórmulas mágicas e impracticables algún candidato seudo independiente o sin estructura partidaria pueda ser una alternancia válida. Por ello rumbo a las elecciones generales del 22 de octubre, cualquier parecido con la realidad, es pura coincidencia.
* Daniel Moreno. Integrante del Tribunal Electoral Permanente de la Provincia de Formosa. Abogado. Doctor en Derecho Público, Política y Gobierno. Especialista en Administración Pública Provincial y Municipal. Diplomado en Derecho Constitucional. Ex Docente Universitario (UCASAL y UCP) y Ex Observador Electoral Internacional (Brasil, Chile y Paraguay).