Este plan de facilidades contempla el pago de deudas y multas de los siguientes tributos:
a) Tasa Única de Servicios;
b) Impuesto Inmobiliario;
c) Contribución por Servicios que inciden sobre los vehículos automotores y otros
rodados;
d) Contribución por Servicios que inciden sobre la actividad comercial, industrial y de
servicios;
e) Contribución por Servicios relativos a la publicidad y propaganda;
f) Contribución por Servicios relativos a los cementerios;
g) Contribuciones que inciden sobre la construcción;
h) Contribución que incide sobre la verificación de antenas, estructuras y/o elementos
de soporte de antenas y sus equipos complementarios de los servicios de
telecomunicaciones móviles;
i) Contribución que incide sobre la ocupación o utilización de los espacios del dominio
público;
j) Multas por infracciones tributarias formales;
k) Multas por infracciones tributarias materiales.
Desde el área comunal precisaron que se podrán incluir en el presente régimen de
facilidades de pago los tributos detallados anteriormente, y las multas por infracciones,
que posean deudas hasta el periodo vencido del año 2.024.
Dicho plan se extenderá hasta el 31 de diciembre del año 2024, ajustándose a las
condiciones que se detallan a continuación:
a. Se deberá efectuar un anticipo del 20% de la deuda que se pretende financiar, al
momento de la adhesión.
b. El saldo de la deuda resultante, se financiará hasta en 18 cuotas, con interés
financiero del 3% mensual. Dicha cuota mensual, no podrá ser inferior a $3.000.
c. Para el caso de contribuyentes o responsables que soliciten un plan de pagos de
hasta 3 cuotas fijas mensuales, el mismo no devengará intereses de financiación.
Dicha cuota mensual, no podrá ser inferior a $3.000.
d. Para los supuestos de planes de pagos caídos, se podrá acceder a la
refinanciación una sola vez.
Los contribuyentes o responsables contarán con los medios de pagos tradicionales de
dicho organismo fiscal, y además se podrá acceder a la opción del débito automático al
momento de realizar el plan correspondiente.
Por último, se establece una bonificación del 5% de descuento en los siguientes tributos
municipales: Tasa Única de Servicios, Impuesto Inmobiliario y Contribución por
Servicios que inciden sobre los vehículos automotores y otros rodados, correspondientes
al año fiscal 2025, para aquellos contribuyentes que se adhieran al buzón fiscal
electrónico hasta el 31 de diciembre del año 2024, y que emitan sus liquidaciones a
través de la página web de la Agencia de Recaudación: “www.ingresos
municipfsa.com.ar”.