La jueza Karina Andrade ordenó en la madrugada de este jueves la liberación de 114 de los detenidos durante las manifestaciones que se llevaron a cabo en la tarde del miércoles frente al Congreso Nacional. En el fallo al cual tuvo acceso Clarín, la magistrada señaló que «a medida que se informaban las detenciones, la información se volvía más imprecisa y dificultosa para mi tarea judicial».
Es decir, a lo largo de la noche, mientras se iban realizando las detenciones de los manifestantes, «se dejaron de brindar detalles sobre la hora y lugar en el que ocurrió la detención», además de que tampoco se informaba en relación a «qué delito específico se estaba convalidando la detención» ni el lugar donde serían alojados, marcó la jueza.
Andrade detalló que ayer fueron detenidas 114 personas en la órbita de la Justicia de la Ciudad en el marco de lo que se dio a conocer públicamente como «Marcha por los Jubilados», que se realiza en las inmediaciones del Congreso de la Nación todos los días miércoles desde mediados de 2024.
En ese sentido, la jueza destacó la necesidad de «enmarcar el caso dentro de las exigencias constitucionales y convencionales», dado que «se encontraban en juego derechos constitucionales fundamentales como son el derecho a la protesta, a manifestarse en democracia, a peticionar ante las autoridades, a la libertad de expresión, entre otros».
«Estas libertades adquieren especial relevancia un día como hoy en el que parte de la sociedad se expresa (se “moviliza”) en favor del ejercicio de la libertad de expresión de los integrantes de uno de los sectores más vulnerables de nuestra República, los adultos/as mayores. Desde el Poder Judicial corresponde atender a ello especialmente», indicó.
Asimismo, detalló que «los adultos mayores se encuentran específicamente protegidos en nuestra Constitución Nacional (art. 75 inc. 22) a través de la Convención Interamericana sobre Protección de Derechos Humanos de las Personas Mayores».
Por otra parte, Andrade señaló que «la libertad de expresión, junto con el derecho a la protesta, necesariamente concatenado con la primera, se configuran como derechos baluartes del sistema democrático, pues permiten a los individuos de una sociedad democrática dar a conocer sus ideas, conocer las opiniones de sus conciudadanos y los actos de gobierno y criticar los actos de sus representantes».
Por eso, la magistrada afirmó que «quienes se «movilizan» en verdad se expresan, y deben poder hacerlo, de manera crítica frente al ejercicio del poder de los gobernantes», siempre que se efectúe en el marco de la legalidad, porque «nuestra Constitución reconoce el derecho a la protesta».
Por otro lado, también argumentó que por respeto a la libertad ambulatoria, «cualquier detención tiene que estar debidamente registrada en el documento pertinente, señalando con claridad las causas de la detención, quién la realizó, la hora de detención y la hora de su puesta en libertad».
En ese sentido, insistió con que «la información que me fue puesta en conocimiento fue absolutamente deficitaria. No se informaron, en la mayoría de los casos, el lugar donde se realizó la detención, aludiendo en forma genérica a “los hechos del Congreso de la Nación”», indicó y agregó: «A diferencia de lo que sucede con otros detenidos en ‘flagrancia’, no se aclararon las circunstancias de detención ni los motivos, al menos con algún tipo de detalle«.
Y consideró que esto no fue responsabilidad del Ministerio Público Fiscal sino que tuvo que ver con «las características del procedimiento llevado a cabo por las fuerzas de seguridad» durante las manifestaciones en Congreso. Por todo esto, Andrade ordenó la inmediata liberación de los 114 detenidos.
D.D.