lunes, 19 mayo, 2025
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El concejal Diego Herrera recordó que es ilegal que corten el agua e instó a hacer el reclamo

El corte del agua es una situación que vienen sufriendo muchos vecinos de la ciudad, por una modalidad abusiva de la empresa Aguas de Formosa. Pero la realidad es que no se puede cortar el servicio de agua potable, porque es considerada un servicio humano fundamental. ¿Qué hacer entonces y donde se puede reclamar?
“Recorriendo los barrios, muchos vecinos nos alertaron sobre esta modalidad. Les cortan el agua pese a que hay innumerables fallos en la justicia formoseña y el país que lo prohíben. Los usuarios que sufrieron el corte pueden efectuar las medidas pertinentes contra la empresa”, explicó el concejal Diego Herrera.
Sobre el último fallo de la justicia formoseña, Herrera detalló que “es de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Provincia de Formosa (Fallo N° 21290) que fue dictado en 2024 siguiendo la jurisprudencia señalada por el Fallo N° 6481 del año 2001. Allí se establece que el agua es un derecho humano fundamental”.
“Entonces –amplió Herrera– el corte del servicio de agua potable se traduce en un perjuicio concreto, resultando elemental, aunque más no sea una provisión mínima, no sólo para el consumo personal sino también para el uso doméstico, ya que el desabastecimiento pone en serio riesgo la higiene y el sistema sanitario de su familia”.

Dónde acudir

En la Ciudad de Formosa, los usuarios afectados pueden acudir a la Fundación Unir, ubicada en Padre Patiño N° 445, por la mañana y por la tarde. De igual modo, pueden hacerlo en las recorridas que realiza el concejal Diego Herrera en los barrios junto a su equipo de trabajo; y en la mesita itinerante que recorre diferentes puntos de la ciudad cada semana.

¿Qué debe hacer
Aguas de Formosa?

Herrera recordó que esto declara inconstitucional el Artículo N° 34 de la Ley 1142, que otorga la facultad a Aguas de Formosa de cortar el servicio por falta de pago de tres períodos consecutivos, porque viola uno de los derechos fundamentales consagrados en las Constituciones Nacional y Provincial, Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos, afectando su derecho a la vida y a la salud, por ser el agua un elemento vital.
Frente a la existencia de deudas, la empresa tiene la facultad de perseguir su cobro por las vías jurisdiccionales aptas. Herrera recordó esto porque “la empresa Aguas de Formosa tiene pleno conocimiento de los fallos existentes y de cualquier manera procede la corte de servicios, contrariando los fallos judiciales existentes”.

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