Desde bromatologia municipal, el Dr. Jorge Tarantini, en comunicación con el Grupo de Medios TVO, detalló que la prohibición para la venta de alcohol regirá desde las 8:00 hasta las 21:00 horas del domingo. Los locales nocturnos, como boliches y salones de fiesta, no podrán operar el sábado por la noche.
Ante la proximidad de las elecciones, el Dr Tarantini aclaró los alcances de la veda electoral para la actividad comercial, haciendo especial hincapié en los horarios de restricción para la venta de bebidas alcohólicas y las severas consecuencias para quienes infrinjan la normativa.
Contrario a la creencia popular de que la prohibición comienza en la medianoche del sábado, el funcionario del área de control municipal, en comunicación directa con el Presidente de la Junta Electoral, Dr. Daniel Moreno, precisó que la restricción es más acotada. La prohibición de expendio de bebidas alcohólicas comenzará a las 8:00 horas del día domingo y se extenderá hasta las 21:00 horas del mismo día, coincidiendo con el desarrollo de los comicios y el cierre del escrutinio inicial.
«Hay que aclarar que durante el desarrollo de los comicios y hasta las 21 horas del domingo no se pueden vender bebidas alcohólicas», señaló Jorge Tarantini, instando a los comercios, sobre todo a aquellos cercanos a las escuelas donde se vota, a respetar la ley para evitar sanciones.
Diferencias para locales nocturnos y gastronómicos
El funcionario también marcó una importante diferencia para distintos tipos de locales:
- Discotecas y salones de fiesta: Este tipo de actividades están vedadas desde el sábado por la noche. «Boliches, discotecas y salones de fiesta están imposibilitados de realizar esa actividad el día sábado y la madrugada del domingo», explicó. Podrán retomar su funcionamiento normal recién a partir de las 21:00 horas del domingo, una vez que se levante la veda.
- Restaurantes y locales de comida: Podrán desarrollar su actividad de manera normal durante todo el fin de semana, incluido el almuerzo del domingo. La única limitación es que no podrán vender ni servir bebidas alcohólicas durante el horario de veda.
- «Uno se puede ir a almorzar a un restaurante y puede pedir lo que sea, excepto alcohol», puntualizó.
Incumplir no es una falta, es un delito
Uno de los puntos más importantes destacados por la autoridad es la gravedad de las sanciones. Violar la veda electoral no se considera una simple infracción a una ordenanza municipal, sino un delito electoral tipificado por ley.
«Una violación a estas restricciones puede acarrear directamente un sumario contravencional o inclusive una denuncia penal», se advirtió. Esto significa que los responsables no solo se enfrentan a multas, sino también a posibles causas penales.
Finalmente, se informó que el área de Bromatología y Control municipal trabajará de manera articulada con la Policía de la Provincia, especialmente durante la noche previa a las elecciones, para realizar controles y detectar posibles fiestas clandestinas que violen la normativa vigente.