lunes, 14 julio, 2025
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La Corte ya dijo que Gildo Insfrán es un gobernador ilegítimo

Mientras avanza el proceso de reforma constitucional en la provincia de Formosa, una pregunta sobrevuela el debate político: ¿podrá Gildo Insfrán, gobernador desde hace más de 29 años, volver a postularse si la nueva Constitución establece un límite de reelección?
Para el abogado Juan Montoya, patrocinante de la acción de amparo que derivó en el fallo histórico de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la respuesta es un rotundo no. “No se parte de cero, porque la Corte ya dijo que Insfrán es un gobernador ilegítimo”, afirma, dejando en claro que cualquier intento de Insfrán por seguir en el poder sería una violación directa del fallo del máximo tribunal del país.

Un fallo sin precedentes

Montoya encabezó la presentación judicial que llevó a la Corte Suprema a declarar la inconstitucionalidad del artículo 132 de la Constitución provincial, el cual habilitaba la reelección indefinida. Esta decisión histórica tuvo consecuencias directas: se convocó a una Asamblea Constituyente para modificar la Carta Magna de la provincia.
“Soy el abogado que patrocinó la acción de amparo que devino en el fallo que declaró la inconstitucionalidad del artículo 132, y fue lo que nos llevó a esta elección constituyente. En definitiva, fue la orden de la Corte la que nos está llevando a modificar la Constitución”, explicó Montoya.
La Corte, en su fallo, estableció que la Constitución de Formosa no respetaba el sistema republicano de gobierno, tal como lo exige la Constitución Nacional en sus artículos 1 y 5. Según el abogado, esto marca un antes y un después en la historia jurídica argentina.
“Es la primera vez que se declara la inconstitucionalidad de una Constitución provincial. La Corte fue clara: la provincia debe allanar su Carta Magna a los principios del sistema republicano, es decir, alternancia en el poder y límites claros a la reelección”, señaló.

El caso Insfrán: ¿puede volver a ser candidato?

Frente al inminente cambio constitucional, algunos sectores especulan con que Insfrán podría argumentar que el nuevo texto le permitiría “empezar de cero”. Pero Montoya es enfático: eso no tiene validez jurídica.
“Si tras modificar la Constitución Insfrán dice ‘arrancamos de cero’, lo único que hay que hacer es ejecutar el fallo de la Corte. No hace falta una nueva presentación, simplemente se acude al tribunal y se dice: ‘Señores jueces, ustedes ya fallaron sobre esto’. No hay otra interpretación posible”, afirmó.
Según el abogado, la Corte ya estableció que Insfrán fue electo en condiciones que burlaban el sistema republicano. Esto quedó expresado de forma contundente en el voto del juez Carlos Rosenkrantz, quien lo calificó como un gobernador ilegítimo. Pero lo más importante es que el fallo fue unánime, lo cual refuerza su autoridad y aplicabilidad.
“Cuando hay unanimidad, los argumentos se suman, no se excluyen. Entonces se puede interpretar que todos los jueces avalaron que Insfrán es un gobernador ilegítimo”, subrayó Montoya.

El nuevo texto constitucional y sus límites

La reforma constitucional deberá establecer límites temporales a los mandatos. Según Montoya, la nueva norma podrá permitir como máximo una reelección, es decir, un total de 8 años consecutivos en el poder.
“Puede ser como el modelo nacional: un mandato de 4 años con posibilidad de una reelección. O incluso más restrictivo, como en Mendoza, que directamente no permite la reelección. Lo que no se puede hacer es permitir más de dos mandatos, porque eso viola el sistema republicano”, detalló.
En ese contexto, no hay posibilidad legal de que Insfrán se vuelva a presentar, incluso si se argumenta que el nuevo texto constitucional genera un “nuevo ciclo”.
“No es que la situación mejora, al contrario, empeora. Si la Corte ya dijo que ocho mandatos son excesivos, ¿qué va a decir si intenta ir por el noveno o décimo? No hay discusión. No se puede volver a contar desde cero, porque los hechos no desaparecen”, sostuvo.

Un mensaje para todo el país

Montoya también destacó que el fallo de la Corte tiene implicancias nacionales y hasta regionales. Recepta normas internacionales, como el Pacto de San José de Costa Rica, y sigue la línea de fallos previos en las provincias de San Juan y Tucumán, donde también se cuestionaron reelecciones sin límites.
“Este fallo marca un camino no solo para Formosa, sino para toda América Latina. Las democracias deben garantizar alternancia real en el poder. La Corte lo entendió así y por eso sentó jurisprudencia firme. Cualquier intento de esquivarla es una violación a la Constitución Nacional y a los compromisos internacionales de Argentina”, concluyó.

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