La disputa entre padres por un niño de 5 años derivó en un fallo del Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia Nº 3 de Corrientes, que otorgó la restitución del menor a su progenitor, Facundo Augusto Pascua, que reside en la provincia mesopotámica.
Si bien es una resolución de esa jurisdicción, el caso se hizo viral a nivel en nuestra provincia porque la madre del menor, Nahiara Monserrat Villalba, quien vive en la ciudad de Clorinda y tiene bajo su cuidado al niño, cuestionó severamente la resolución judicial y también atacó a dependencias judiciales de la segunda ciudad, negándose a cumplir la decisión de la jueza correntina, Nora Alicia Infante.
Hasta el momento la madre no entregó el niño a su padre -como ordenó la Justicia de Corrientes- desconociéndose el actual paradero del menor.
Tanto Pascua como Villalba, si bien están divorciados, residían hasta hace pocas semanas en la ciudad de Corrientes -en casas separadas- teniendo ambos la custodia compartida del menor de 5 años, en el marco de una causa judicial tramitada en esa jurisdicción de homologación de convenio familiar.
Sin embargo, el pasado 3 de julio la mujer tomó a su pequeño hijo y viajó a la ciudad de Clorinda, sin el consentimiento del padre del menor, quien disconforme con esta determinación se presentó en el Juzgado de Familia, Niñez y Adolescencia Nº 3 de Corrientes, denunciando la situación y solicitando la restitución del niño.
El caso fue analizado por la titular de dicho Juzgado, doctora Infante, quien posteriormente dictó una resolución ordenando la inmediata restitución del niño a su progenitor Facundo Augusto Pascua, hasta tanto se emita un pronunciamiento definitivo en el proceso.
En la misma disposición, la jueza otorgó provisoriamente el cuidado personal unilateral del menor a su padre, con quien el mismo deberá residir en la ciudad de Corrientes, y fijó que el régimen de contacto entre el niño y su madre se debe desarrollaren la ciudad de Corrientes los días viernes, cuando la misma podrá retirar al niño del jardín a las 12 horas y luego llevarlo al domicilio del padre el domingo siguiente o a la casa de la tía paterna Irupe Soledad Pascua, entre las 17 y 19 horas.
En vacaciones de invierno -dispuso la jueza- la mujer podrá vincularse con el niño en la segunda semana del periodo vacacional, todo lo cual deberá desarrollarse previa comunicación escrita vía whattsapp entre los progenitores.
La jueza Infante resolvió además que para dar cumplimiento a la restitución del niño, su padre tenía que buscarlo del domicilio o residencia actual en el que se encuentraba, sito en calle Belgrano 1106 del Barrio Itatí de la ciudad de Clorinda, provincia de Formosa.
Para garantizar el cumplimiento de la orden judicial y evitar mayores perjuicios en la estabilidad emocional del niño, dispuso la intervención de un profesional en psicología y un oficial de Justicia, que labre el acta de lo actuado y notifique la resolución a la madre del menor; dándose previa intervención a título de colaboración y a los fines de la designación de los profesionales referidos al Juzgado de Familia y Menores en turno de Clorinda. Se libró oficio ley 22172 con habilitación de días y horas inhábiles.
Finalmente, la jueza solicitó turno para evaluación psicológica individual y vincular para los progenitores y su hijo al Cuerpo de Psicóloga Forense del Poder Judicial de Corrientes.
No fue hallado
La medida ordenada por la jueza correntina no pudo cumplirse porque, ni la madre ni el menor fueron encontrados en el domicilio señalado.
Según dejó constancia Facundo Pascua en una exposición realizada en una Comisaría de Clorinda, el día 5 de julio se constituyó en esta ciudad Ciudad para acompañar a las autoridades
Judiciales en el mandamiento y poder retirar a su hijo de la casa de la madre. Una oficial de Justicia fue hasta la casa de Nahiara pero tanto ella como su hijo estaban ausentes, desconociéndose su actual paradero.
El hombre dijo que intentó comunicarse vía telefónica con su expareja, pero no obtuvo ninguna respuesta, expresando su preocupación por esta situación.
Pascua recurrió nuevamente a la Justicia Correntina denunciando esta circunstancia, y el 15 de julio la jueza Infante dispuso la búsqueda, localización y, en su caso, traslado del menor a esa provincia, dejando aclarado que el niño se encontraría acompañado de su madre, Nahiara Villalba. Libró oficio a sus efectos a la Jefatura de Policía de Formosa, a quien solicitó colaboración para encontrar al menor a fin de que se pueda dar cumplimiento a su resolución de restitución.
Desestimación
Por su parte, Nahiara Villalba denunció que fue víctima de violencia de género, acusando de tales actos a su expareja Facundo Pascua.
La presentación fue realizada el pasado mes de julio ante la Oficina de Violencia Intrafamiliar de Clorinda, a cargo durante la feria de la jueza Mariela Isabel Portales.
La mujer relató en su denuncia que el vínculo sentimental con Pascua duro siete años aproximadamente. En el año 2.019 contrajeron matrimonio y se divorciaron en el año 2.022, naciendo de esa unión un hijo que actualmente tiene 5 años de edad.
La denunciante fue atendida y escuchada por profesionales del equipo interdisciplinario de la OVI, quienes elaboraron un informe preliminar, surgiendo del mismo la necesidad de llevar adelante un estudio socio-ambiental en los domicilios de las partes. Estas conclusiones fueron incorporadas al expediente.
Al momento de resolver la denuncia, la jueza Portales concluyó que de lo narrado y teniendo en cuenta los componentes que se introducen con las intervenciones efectuadas por la OVI, se visualiza, por un lado, que el problema que enfrenta a las partes obedece a la falta de acuerdo con respecto al ejercicio de la responsabilidad parental -cuidado personal- en relación al hijo de ambos, como así también en la actualidad el incumplimiento por parte de la nombrada de los postulados ordenados por el Juzgado de Corrientes y, por otro lado, la ausencia de factores de riesgo sobre la mujer. “Pues no se observan datos que den cuenta de la existencia de episodios de violencia por parte del denunciado”, dice la jueza Portales en su fallo, agregando que existe un riesgo bajo de violencia, en virtud a que el principal inconveniente al momento actual es el incumplimiento por parte de la señora Villalba de la resolución judicial que ordena la restitución inmediata del niño a su padre Facundo Augusto Pascua.
Con sobrados fundamentos, la jueza Portales desestimó la denuncia de Villalba, haciéndole saber que debe atender las inquietudes y derechos del niño, hijo de la pareja, a fin de que éste pueda revincularse con su padre, debiendo a tales efectos procurar y colaborar para que se cultiven entre éstos los lazos afectivos.
La magistrada también sugirió a la mujer a que realice terapia psicológica, a fin de recibir ayuda y/o tratamiento para trabajar las situaciones que habría vivido y para enfocar su pensamiento en evitar futuros problemas similares a los denunciados, sobre todo, por la tarea y responsabilidad que implica la crianza de sus hijos, pudiendo para ello asistir a los centros asistenciales de carácter público y/o privados con asiento en la ciudad de Clorinda.