Este jueves se publicará un fallo inédito que condena a Walter Hugo Ponce De León (45), Viterman Ponce De León (38) y Claudio Cisneros (30) a dos años de prisión efectiva, aunque cumplirán la pena de forma domiciliaria, por haber asesinado a un yaguareté en Estanislao del Campo, Formosa.
Se trata de un hecho histórico, ya que es la primera vez que el país sanciona penalmente por matar a una especie en peligro de extinción, protegida por la Ley 25.463.
El proceso judicial contó con la participación de la Fiscalía de Estado de Formosa, la Administración de Parques Nacionales y la ONG Red Yaguareté, que fue aceptada por segunda vez como querellante en una causa penal.
La primera vez fue también en Formosa y por decisión del mismo juez, Pablo Morán. Ese primer caso aún está en etapa de instrucción, a la espera de nuevas pericias.
Todo comenzó a mediados de 2024, cuando en un campo de propiedad de Máximo Cisneros (61), él y otros tres hombres —Walter Hugo Ponce De León, Viterman Ponce De León y Claudio Cisneros— mataron y carnearon un yaguareté de 150 kilos, una especie en peligro crítico de extinción. El caso se hizo público después de que los propios agresores publicaran fotos del animal muerto en Facebook, jactándose del crimen.
«A nosotros nos llega el caso porque una persona nos mandó las fotos de los cuatro hombres con el animal y nos da una serie de datos de paraje, lugar y enseguida nosotros nos pusimos a trabajar», contó Nicolás Lodeiro Ocampo, director ejecutivo y fundador de la ONG Red Yaguareté.
Según relató Lodeiro, el episodio comenzó cuando los implicados junto a varios perros fueron a buscar al yaguareté por haber matado una vaca del propietario. El animal, acorralado por los ladridos, habría reaccionado y —según dicen ellos— llegó a matar uno de los perros, algo que “es normal” en este tipo de situaciones de caza.
Pero lejos de tratarse de un acto de defensa, lo que quedó en evidencia es que el yaguareté no los estaba atacando, sino que fue perseguido y asesinado por los cuatro hombres, que lo estaban buscando con la intención de matarlo.
Una por una, las razones por las que fueron condenados
1) En primer lugar, la pena de dos años de prisión efectiva bajo arresto domiciliario para Walter Hugo Ponce De León, Viterman Ponce De León y Claudio Cisneros se justificó, entre otras cosas, porque los tres estuvieron prófugos tras conocerse el crimen.
En cambio, Máximo Cisneros, dueño del campo, fue el único que recibió una condena de dos años en suspenso, ya que se mantuvo siempre a derecho durante la investigación.
2) Además de esa diferencia procesal, hubo otro factor clave: las versiones que dieron los imputados fueron contradictorias entre sí. “Algunos dijeron que salieron a buscar una vaca que se les había perdido, otros que encontraron perros muertos”, explicó a Clarín Natalia Cardozo, abogada de la Coordinación de Asuntos Penales de la Administración de Parques Nacionales.
Las declaraciones fueron tan dispares que al principio ni siquiera se sabía con claridad qué había pasado realmente.
3) Otra razón importante para la condena fue la actitud posterior de los acusados tras cometer el delito. «Suponiendo que realmente ocurrió esta situación de que fueron atacados. Las fotografías, las sonrisas en las fotos, exhibiendo la piel, hay situaciones con posterioridad que fueron preocupantes».
«No verlo como algo que estaba prohibido sino que lo exhibieron como un objeto. Su actitud posterior creo que nos llevó a ser más asertivos con la pena», agregó Cardozo.
4) Otra diferencia con otras causas fue la celeridad que se manejó en la etapa de la instrucción y en la identificación de los responsables. «Fue muy relevante que la gente se anime a denunciar, y con eso, tener varios testimonios sobre la imposibilidad de que un yaguarité te ataque«.
«Se fue derribando la estrategia de las defensas y, en ese sentido, una gran diferencia fue la participación de los funcionarios, que actuaron apenas tomaron conocimiento del hecho», explicó la abogada penal de la Administración de Parques Nacionales.
El debate por una nueva ley de Fauna
La condena no solo será la primera en la historia argentina por el asesinato de un yaguareté, sino que también marcará un antes y un después en la justicia del país. “Llegar a una condena ya es algo inédito y ejemplificador. Es muy importante, no solo para la conservación de este monumento natural, sino para la fauna en general”, expresó Natalia Cardozo, de Parques Nacionales.
En ese camino, la participación de Parques Nacionales, la Fiscalía de Estado de Formosa y la ONG fue clave. Pero, según advierte Cardozo, no todas las provincias muestran la misma voluntad para actuar ante este tipo de delitos, y la Justicia Federal en otras regiones —como Misiones o Salta— muchas veces no se involucra ni colabora activamente en las investigaciones.
Para Red Yaguareté, el fallo representa una victoria judicial, pero también una gran oportunidad. La ONG reclama hace años la modificación urgente de la Ley Nacional de Fauna 22.421, vigente desde hace cinco décadas y con penas mínimas que resultan irrisorias frente al daño ambiental causado.
“Es como llenar una pileta que tiene un agujero enorme que se nos va siempre el agua. Ahora necesitamos que los diputados y senadores tomen el caso y actúen en consecuencia», advirtió Nicolás Lodeiro Ocampo de Red Yaguareté.
Actualmente, hay un borrador de proyecto para endurecer las penas, que sería el octavo intento en llegar al Congreso. Los anteriores nunca prosperaron por falta de voluntad política.
“La que se está aplicando, es una ley que tiene 50 años, es una ley vieja, obsoleta, y que tiene estas penas irrisorias para todo el trabajo que la Argentina desarrolla para la conservación del Yagüareté, y que resulta que cuando viene una persona y lo mata, no pasa nada», remarcó.
«En este caso, el juez Pablo Morán podría haberles dado la pena en suspenso, pero evidentemente su compromiso y la conciencia que él tomó del asunto hizo que estirara más la pena y sea por lo menos una pena de prisión domiciliaria», cerró Lodeiro Ocampo.
MG