En los últimos días algunos medios y dirigentes tanto de la UCR como de la LLA difundieron que la Corte Suprema de Justicia “frenó el cobro anticipado de la Administración Tributaria Provincial en Formosa”. Sin embargo, el fallo CSJ 2494/2022 “Agropedascoll S.A. c/ Provincia de Formosa” demuestra que esa afirmación es falsa.
La resolución judicial corresponde a una medida cautelar transitoria que solo alcanza a la firma Agropedascoll S.A., con domicilio fuera de la provincia. “No se trata de un fallo general ni de una sentencia definitiva. La Corte dispuso una medida preventiva, limitada a un caso particular, mientras se analiza el fondo del asunto”, explicó Gustavo López Peña, titular de la Administración Tributaria Provincial (ATP).
El funcionario aclaró que el régimen provincial de cobro anticipado “sigue plenamente vigente y aplicándose normalmente a los contribuyentes registrados”. Además, señaló que “Formosa presentará sus argumentos en el plazo de 60 días que la Corte otorgó para responder la demanda, defendiendo la legalidad y la equidad del sistema tributario provincial”.
“Es importante llevar tranquilidad: la medida no modifica las normas de la Administración Tributaria Provincial ni suspende el cobro anticipado en general. Solo se trata de una cautelar específica, dictada a pedido de una empresa”, concluyó López Peña.