martes, 21 octubre, 2025
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Victoria Judicial de Agropedascoll SA: Corte Suprema Frena Anticipo de Ingresos Brutos en Formosa y Reaviva Debate sobre Aduanas Internas


La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ha emitido una resolución que sienta un precedente significativo en el comercio interprovincial argentino. En una medida que generó un fuerte impacto en el ámbito económico y político de Formosa, el máximo tribunal declaró su competencia original en la causa “Agropedascoll Sociedad Anónima contra la provincia de Formosa” y dictó una medida cautelar de no innovar que «suspende los efectos de la normativa local que condiciona el ingreso de hacienda al territorio provincial de esta empresa al pago previo un anticipo del impuesto a los ingresos brutos».

El Origen del Conflicto: Una «Aduana Interior» Prohibida

La firma Agropedascoll S.A., dedicada a la cría de ganado bovino en Corrientes, denunció que la Dirección General de Rentas (actualmente Administración Tributaria Provincial – ATP) de Formosa le «exigía inscribirse como contribuyente local y pagar un anticipo del 3% sobre el valor de la mercadería cada vez que enviaba animales hacia nuestra provincia».

El Dr. Martín Ignacio Fernández, representante legal de Agropedascoll S.A., explicó en una entrevista para el programa radial “Una Cuestión de FEr” conducido por Fernando López por FM VLU 88.5, que el planteo central se basó en la supuesta «imposibilidad, digamos, legal, constitucional… del cobro de dinero, digamos, a la empresa».

Según la argumentación legal, este régimen impositivo provincial constituye de hecho un «derecho de paso» o «aduana interior», una práctica «prohibida expresamente por los artículos 9 a 11 de la Constitución» Nacional, ya que la regulación del tránsito o comercio interprovincial es una «materia que está directamente delegada a el Congreso a la Nación».


Detalles de la Resolución de la Corte y el Proceso Judicial

El Dr. Fernández detalló la trascendencia de la reciente decisión de la CSJN: «La resolución en concreto lo que resolvió es habilitar la competencia originaria de la corte». Esto significa que el máximo tribunal «directamente toma el caso y lo resuelve sin que sin que previamente resuelva la cuestión por los jugadores ordinarios digamos, los jugadores provinciales».

El segundo punto crucial fue que la Corte «hace lugar a la medida de cautelar que se planteó y ahora se le corre traslado a la provincia de Formosa para que conteste y de ahí va a resolver luego el fondo del asunto en concreto». El abogado de la firma correntina recordó que el conflicto se remonta a hechos ocurridos entre 2021 y 2022, donde a la empresa «se le detuvo al transporte… se le labró un acta con la obligación de abonar el canon respectivo» con las implicaciones legales que conlleva la falta de pago de un impuesto, incluyendo la posible clausura.

El Dr. Fernández aclaró que la medida cautelar y la futura sentencia de fondo «es solamente para Agropedascoll, efectivamente». El sistema judicial argentino resuelve «los casos propios, digamos, independientemente que queda un antecedente, una jurisprudencia que luego puede ser utilizada por otros por otras personas, otras empresas», pero «en principio sí, lo que se resuelva solamente aplica a las partes del del proceso».


Reacción Oficial y el Debate sobre la Prohibición de Ingreso

La resolución generó una inmediata reacción de las autoridades formoseñas. El conductor del programa radial señaló que hubo una respuesta «bastante importante» del titular de la ATP, Gustavo López Peña, y de la Fiscal de Estado, quienes en un inicio «desacreditaron» la noticia, pero luego matizaron su discurso.

El administrador de la ATP, Gustavo López Peña, sostuvo que las resoluciones provinciales «siempre fueron positivas para nuestra operatoria, porque lo hacemos de acuerdo derecho» y aseguró que la provincia «todavía no fuimos notificados» formalmente del fallo, aunque reconoció tener conocimiento del mismo por la publicación de la Corte.

Sobre la acusación de prohibir el ingreso, López Peña afirmó en los medios oficiales que «de ninguna manera se prohíbe el ingreso de mercadería», aunque reconoció el mecanismo de la alícuota diferenciada: «Cualquier empresa que ingresa a la provincia y no esté inscrita, lo que se hace es cobrar una alícuota mayor a la que nosotros tenemos regulada para las firmas que están inscritas en la provincia» (3% para no inscriptos, versus 1,5% para inscriptos). Sin embargo, advirtió: «simplemente tiene que pagar una alícuota diferenciada y también tenemos una multa para aquellos que no deseen inscribirse».

El Dr. Fernández, por su parte, había dejado clara la postura de la empresa: el sistema provincial «establecía un sistema de pago de ingresos brutos de una especie de anti anticipaba e impedía, inclusive, el ingreso, hasta tanto no se haga ese ese ese pago anticipado», lo que en la práctica «implicaba una aduana interior».


Proyección y Consecuencias a Futuro

La cuestión de fondo, es decir, si la Corte confirmará o no la inconstitucionalidad de la norma, podría resolverse a lo largo del próximo año, ya que la provincia de Formosa cuenta con un plazo de 60 días para contestar el traslado de la demanda.

La principal preocupación de las autoridades provinciales es el «efecto dominó» que podría generar una sentencia definitiva desfavorable. El conductor del programa radial lo resumió: «El problema con todo esto es que si finalmente la corte decide la cuestión de fondo y decide en coincidencia con esto que planteé esto de la aduana interna, van a ir todos los muchachos atrás para dejar de pagar ese anticipo».

Se señaló que muchas empresas formoseñas no se animaron a presentar una demanda similar por «temor» a represalias o por tener algún tipo de relación comercial o dependencia con el Estado provincial. Sin embargo, la acción de Agropedascoll ante la CSJN podría brindar el «antecedente» jurídico necesario para que otros empresarios «que se sienta agraviada por la disposición» inicien sus propios procesos legales, lo que podría tener un impacto significativo en la recaudación y la política tributaria interprovincial.

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