La reciente decisión de la justicia federal, que tildó de «ilegales» las auditorías masivas ordenadas por la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) sobre las pensiones no contributivas, ha desatado una ola de reacciones en todo el país. El fallo no solo ratifica las objeciones presentadas por la Defensoría del Pueblo de Formosa, sino que también establece un hito legal ineludible al obligar al Estado a respetar los derechos y procedimientos constitucionales en el manejo de este colectivo vulnerable.
El Dr. José Leonardo Gialucca, Defensor del Pueblo de la provincia, brindó un detallado panorama de la situación, destacando que el problema nunca radicó en auditar, sino en la manera «muy irregular, muy desprolija» en que se intentó llevar a cabo el proceso.
El Principio de Legalidad y la Sentencia Ratificatoria
El Defensor Gialucca inició la conversación enfatizando la posición constante de su organismo: «Nosotros nunca estuvimos en contra de que se realicen las auditorías.» Sin embargo, la objeción fue categórica respecto al procedimiento: «Nosotros lo que sí hemos estado en contra es de la forma, el modo, las irregularidades, la falta de posibilidades de ejercer los derechos que tienen las personas con discapacidad.»
Este punto central fue totalmente confirmado por el Poder Judicial. El «fallo judicial de fondo», que ya fue ratificado por la Cámara de Apelaciones de Resistencia y que sienta un «precedente a nivel nacional», reconoció que si bien el Estado posee «facultades para auditar,» estas no pueden ejercerse «caprichosamente o como quiere.»
La orden judicial a la ANDIS es precisa: las auditorías deben realizarse respetando estrictamente el marco normativo. Esto incluye la «Comisión Nacional, de las leyes nacionales que están vigentes en la República Argentina y de los tratados internacionales que nuestro país tiene firmado.» La implementación desordenada y arbitraria de las revisiones, por lo tanto, fue declarada inconstitucional por su falta de apego a estos pilares legales fundamentales.
Detalles de las «Desprolijidades» Administrativas
La entrevista permitió al Dr. Gialucca desglosar las acciones concretas de la ANDIS que resultaron violatorias de los derechos en Formosa durante los años 2024 y 2025. El funcionario atribuyó estas deficiencias a la «desconexión» entre las oficinas centrales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la realidad del interior.
Las notificaciones a los beneficiarios se realizaron de «manera irregular,» sin la debida «forma preaciente.» Además, se impusieron plazos irrisorios: «se dieron 10 días, digamos, a cada cada beneficiario para que acreditaran con historias clínicas o con documentación la discapacidad.» Este plazo se estableció «a sabiendas» de que obtener la documentación necesaria en el sector de salud pública demandaba turnos de «30 o 60 días.»
La logística de las auditorías fue otro punto de conflicto. Las sedes de revisión se fijaron en ciudades «distantes a 150 o más kilómetros del lugar en que realmente vive la gente,» una barrera infranqueable para muchas personas con movilidad reducida y escasos recursos. Esta situación se agravó por el desconocimiento geográfico de los auditores: «desconociendo que las localidades del interior no poseen las calles nombres, no poseen numeración.» Toda esta acumulación de fallas llevó a la justicia a intervenir y a sentar el precedente actual.
El Triunfo Retroactivo: Formosa Marca el Rumbo
El resultado más palpable de la acción judicial impulsada por la Defensoría fue el resarcimiento económico de las pensiones suspendidas. El Dr. Gialucca confirmó que «la provincia [de Formosa] tuviera a su favor hoy la posibilidad, digamos, de que todos los beneficiarios hayan cobrado más de 4 meses que tenían sus pensiones suspendidas en forma retroactiva.»
Este logro es un caso único en el país. Al consultarle si Formosa fue la primera en lograr el pago retroactivo, el Defensor lo confirmó con vehemencia: «No solamente es verdad, sino que esto está chequeado con otras provincias decir, la única provincia que ha logrado que se pague retroactivamente.» En contraste, otras jurisdicciones como Catamarca o Santiago del Estero solo consiguieron «que se resituen un mes,» demostrando que el resultado formoseño fue excepcionalmente «homogéneo.»
El pago se concretó luego de que la Defensoría planteara una «denuncia penal contra el interventor actual de la ANDIS». La presión judicial fue tal que «inmediatamente esa noche pusieron a disposición todos los fondos en los las distintas entidades del Banco Nacional y del Banco Formoso.»
La Estigmatización y la Inversión de la Carga de la Prueba
Más allá de lo monetario, el Dr. Gialucca lamentó las profundas implicaciones de las suspensiones, incluyendo el hecho de que «se dejó a miles de personas sin la cobertura de salud», siendo este un colectivo «altamente demandante» de servicios profesionales y medicina.
El Defensor criticó la postura del gobierno nacional, señalando que «no solamente estigmatizó a este colectivo, lo sigue insultando,» y demostró su «mirada de indiferencia y de no empatía» al apelar la orden judicial de puesta en vigencia de la Ley de Emergencia en Discapacidad.
El fallo judicial, además, abordó un principio legal fundamental: la carga de la prueba.
«Hay algo muy importante que dijo la justicia en este caso en el fallo de fondo, que el Estado no puede invertir la carga de la prueba, es decir, como se hizo en la auditoría, es decir, poner en cabeza, digamos, de la persona más débil la obligación de probar lo que es más fácil y más rápido y más expedito, digamos, que el Estado pueda probarlo,» explicó el Dr. Gialucca.
Normalmente, la carga de la prueba recae sobre quien acusa (en este caso, el Estado que alega una baja irregular). El intento de invertirla, forzando al pensionado a demostrar su discapacidad ante la falta de elementos del Estado, fue visto como un abuso de posición dominante, en línea con la meta de «ajuste fiscal y dar de baja, digamos, a personas que tienen un derecho adquirido.»
Pautas y Plazos: La Vía Institucional para Regularizar la Documentación
A pesar de la victoria judicial, el panorama administrativo sigue siendo complejo. El Defensor señaló que la ANDIS en Formosa aún está envuelta en «escándalos» y presenta «vacíos legales muy grandes». Para los beneficiarios que buscan información o necesitan completar su documentación, Gialucca recomendó acudir a instituciones con mayor capacidad operativa:
- ANSES: El Dr. Gialucca sugirió que los interesados se acerquen a las sedes de ANSES en Formosa capital, Clorinda, Lomitas e Ingeniero Juárez.
- Defensoría del Pueblo y Áreas Sociales: También pueden contactarse a través de los canales de la Defensoría del Pueblo o las «áreas sociales de cada municipio o de cada comisión de fomento.»
Finalmente, el Dr. Gialucca reiteró el plazo definitivo para que las personas con discapacidad presenten la documentación que acredite su derecho a la pensión: «Hasta el 26, 27 de febrero del 2026 del año que viene.» El objetivo es que nadie se encuentre «con sorpresa a futuro» por la falta de papeles.
Este extenso análisis subraya cómo la intervención judicial y la defensa activa de los derechos en Formosa lograron revertir una política de ajuste implementada de manera inconstitucional, asegurando no solo la restitución de fondos, sino también la vigencia plena de los derechos a la salud y a la seguridad social.
