La Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó la medida que restringe la salida del país de los dirigentes de la AFA, en el marco de la causa por retención indebida de aportes en la que fueron procesados.
La Sala A de la Cámara de Apelaciones en lo Penal Económico confirmó la prohibición de salida del país para los dirigentes de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) Claudio «Chiqui» Tapia y Pablo Ariel Toviggino. La medida, ordenada inicialmente en febrero por el juez Diego Amarante, fue ratificada al considerarse razonable para asegurar la sujeción de los imputados al proceso judicial.
El fallo podría afectar la presencia de Tapia y Toviggino en el Mundial de Fútbol 2026, que se disputará en Estados Unidos, México y Canadá a partir del 11 de junio. De mantenerse la restricción, el presidente y el tesorero de la AFA deberán solicitar una autorización expresa al juez Amarante para poder viajar.
Las defensas de los dirigentes habían apelado la medida, argumentando que carecía de fundamentación y era arbitraria. Sin embargo, los jueces Roberto Hornos y Carolina Robiglio, tras analizar los recursos, concluyeron que la decisión de primera instancia se apoya en razones válidas y no presenta contradicciones con el estado de la causa, señalando que las defensas plantearon una mera «discrepancia con los criterios» del juez.
Un aspecto considerado por la Cámara fue el reciente procesamiento sin prisión preventiva de Tapia y Toviggino, firmado por Amarante el pasado lunes. Los dirigentes fueron acusados como presuntos coautores penalmente responsables de los delitos de apropiación indebida de tributos agravada (en 34 ocasiones) y apropiación indebida de recursos de la seguridad social agravada (en 17 oportunidades).
La Cámara aclaró que no emitió una opinión sobre el fondo del procesamiento —que aún no está firme y será objeto de una apelación paralela—, sino que evaluó la situación procesal actual. Concluyó que, en las condiciones particulares del caso, la prohibición de salida del país es una medida razonable para garantizar que los imputados permanezcan a disposición de la justicia.
El tribunal también precisó que la medida no constituye una prohibición absoluta. Lo que implica es que Tapia y Toviggino deben solicitar autorizaciones específicas al Juzgado en lo Penal Económico N° 5 para cada ausencia del territorio nacional, con el fin de asegurar su comparecencia cuando sea requerida por el juez.
