sábado, 19 abril, 2025
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Le negaron la prisión domiciliaria al represor Domatto, condenado a perpetua por delitos de lesa humanidad

Este lunes 14 se llevó a cabo una audiencia en el Tribunal Oral Federal de Formosa para resolver el pedido de detención domiciliaria del represor Horacio Rafael Domato, quien fuera condenado a perpetua por gravísimos delitos de lesa humanidad cometidos en nuestra provincia durante la dictadura militar. Se recuerda que Domatto, estuvo prófugo de la justicia federal por siete años; y al que se le había concedido ya ese beneficio, habiendo incumplido escandalosamente las normas impuestas al mismo, por lo cual se le quitó ese beneficio y volvió a cumplir pena en la cárcel.

En dicha audiencia estuvieron presentes e intervinieron por zoom desde Francia, Felicita Carrillo (esposa del primer abogado desaparecido en Formosa, víctima del plan Cóndor) y su hija Clarisa, víctimas directas del represor. También hicieron lo propio Ismael Rojas y Olga Gauna presentes en la audiencia. 

Sus intervenciones no solo contradijeron las argumentaciones expuestas por la defensora del condenado, doctora Mariel Maldonado, quien centró su petición en la avanzada edad, sus achaques, y la necesidad de estar contenido por su familia fuera del penal de Campo de Mayo.

Las víctimas argumentaron que su domiciliaria los revictimiza, que “no hay edad para cometer delitos”, que el delito por el cual está condenado se sigue cometiendo, ya que no aparecen los desaparecidos, y el peticionante no muestra arrepentimiento alguno de lo perpetrado; y su beneficio significaría una “burla al sistema judicial”. 

Los abogados patrocinantes de las víctimas, los doctores Luis Zapiola y Dardo Caraballo, además de coincidir con las víctimas, señalaron que el informe médico oficial no se ajustaba a lo planteado por el terrorista de estado condenado por la justicia argentina.

Se destacó en el mismo sentido la intervención de la fiscal federal, quien abundó sobre estos temas, de manera contundente. La resolución preliminar del Juez Quinteros, a los cinco minutos de terminadas las intervenciones, resultó una clase magistral sobre los alcances de la normativa para casos puntuales como el de  Domatto, detallando con particular rigurosidad todos los planteos relativos a su salud, basándose en el informe de los facultativos oficiales que lo atienden; contradiciendo y explicando didáctica y contundentemente todos y cada uno de ellos.

En la parte final consignó que no se aplicaba ninguno de los criterios establecidos a nivel internacional para otorgar el beneficio de una prisión domiciliaria. No se cumple con un porcentaje considerable de la pena; se lo atiende profesionalmente las 24 horas; sus achaques son propios de la edad; no hay elemento alguno para presuponer que una atención familiar sea mejor que la actualmente recibida; que no hay ningún indicio de arrepentimiento ni de modificación sobre sus aberrantes crímenes por los que fue condenado; que no haya revictimización de sus víctimas, y que no se produzca un cambio en el impacto social que tal beneficio.

Al concluir negando la posibilidad de otorgarle el beneficio, desde el espacio público ocupado por referentes de organismos de derechos humanos en la provincia, se escuchó un espontáneo aplauso, con una síntesis que compartieron los presentes: se hizo justicia.

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