jueves, 16 octubre, 2025
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Polémica en Corrientes: Denuncia de Trata Laboral vs. Decisión Judicial en un Caso que Reaviva el Debate sobre la Explotación


El programa radial “Una Cuestión de FEr”, conducido por Fernando López y transmitido por FM VLU 88.5, puso en el centro de la atención mediática y judicial un controvertido allanamiento en predios rurales de Corrientes. La entrevista a Alejandra Olmedo, integrante del Comité Ejecutivo de Lucha Contra la Trata de Personas de la Nación, reveló la complejidad de discernir entre trata laboral e informalidad, y las fallas en la articulación interinstitucional.

Inicialmente, la noticia resonó con fuerza tras ser difundida por medios como el diario Época de Corrientes, que reportó el hallazgo de personas trabajando en «condiciones infrahumanas» en La Valle y Santa Lucía. Se mencionaba a 15 personas, incluyendo a dos miembros de la comunidad Qom de Formosa que supuestamente no hablaban español, junto con oriundos de Mendoza y Corrientes. Este dato, particularmente la mención de Formosa, fue el disparador de la consulta a la funcionaria nacional.

Los Hechos, los Allanamientos y la No Intervención del Comité

Alejandra Olmedo confirmó que el procedimiento se trataba del segundo allanamiento en el mismo lugar, en respuesta a denuncias que sugerían un esquema de explotación. La causa recayó en el juzgado federal de primera instancia de Goya, a cargo de la doctora Cristina Posser Penso –magistrada reconocida por su intervención en el resonante caso Loayza–, y el fiscal Mariano de Guzmán. En ambos allanamientos, aunque intervino el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (RENATRE) y ARCA, Olmedo aclaró categóricamente que el Comité Ejecutivo de Lucha Contra la Trata «no fuimos oficiados por la jueza para intervenir. Tampoco nos dieron noticias». La funcionaria tomó conocimiento de la situación a través del llamado periodístico, lo que pone en evidencia un problema en el flujo de información entre las jurisdicciones locales y los organismos nacionales especializados.

El dueño de los predios es un ciudadano boliviano de 56 años con DNI argentino, dedicado a la agricultura, lo que suma una capa de complejidad al análisis migratorio y laboral.

El Fallo Judicial: La Ausencia de Víctimas de Trata

El punto de inflexión en la investigación se produjo con la determinación de la jueza Posser Penso. Contrario a lo que se había difundido en la prensa, la magistrada concluyó que «no considera que haya ninguna persona en situación de trata».

«Ninguno este son considerados como víctimas y ninguno fue rescatado, más allá de que intervino la Coordinación Nacional de Rescate», afirmó Olmedo.

Esta conclusión se basó en el relevamiento de las condiciones habitacionales y las declaraciones de los propios trabajadores. La justicia constató que los hombres (un total de 12 varones en una finca, más cinco en otra, incluyendo un joven de 16 años con su padre) estaban durmiendo en condiciones que, si bien precarias –colchones sobre cajones–, contaban con servicios básicos: ducha, baño instalado con inodoro y tanque de agua.

Además, se determinó que solo tres personas pernoctaban en las fincas, mientras que el resto «salían y regresaban a la tarde». La clave de la decisión judicial residió en que los trabajadores, identificados como «trabajadores golondrina» no registrados, manifestaron ante los funcionarios judiciales que el trabajo era su «único trabajo que tenían, que era su medio de supervivencia y que deseaban continuar en esa situación». Para la justicia, el caso se configuraría como informalidad o precariedad laboral, y no como el delito federal de trata.

La Persistencia de la Alerta: El Menor y la Reincidencia

A pesar de la decisión de la jueza, Olmedo expresó su preocupación personal, argumentando que la existencia de dos denuncias y dos allanamientos en el mismo lugar en un corto lapso amerita una atención más rigurosa.

Un foco de alarma fue la situación del menor de 16 años que trabajaba junto a su padre. La jueza consideró que el horario (cuatro horas a la mañana y cuatro a la tarde) era legal si contaba con el permiso paterno. Sin embargo, Olmedo recordó el requisito fundamental que muchas veces se omite en estos contextos: para que un menor de 16 años trabaje legalmente, debe estar «concurriendo una escuela del nivel que le corresponde». La falta de constancia de escolaridad en un contexto rural de informalidad plantea interrogantes sobre la vulneración de derechos educativos.

Trata Laboral: Más Allá de la Prostitución

La entrevista sirvió para educar a la audiencia sobre la amplitud del concepto de trata de personas, que el público asocia predominantemente con la explotación sexual.

«Hay gente que se aprovecha de la situación de de dificultades económicas y está captando a familias enteras para llevarlas a trabajar en determinados lugares, le sacan el documento, le hacen promesas de determinada ganancia de dinero que después termina siendo mentira, que es mucho menos», explicó Olmedo.

La funcionaria detalló los signos de alarma de la explotación laboral: el pago a cuentagotas, la retención de documentos, los descuentos abusivos (pasajes, comida, servicios) que impiden a las víctimas generar ahorros o escapar. Este tipo de servidumbre incluye la explotación de trabajadores golondrina, y también el drama de la servidumbre doméstica, donde adultos mayores son sometidos a trabajos sin aportes, ART o el sueldo mínimo.

El episodio de Corrientes, que puso a prueba los límites entre el trabajo informal y la explotación, culminó con la promoción de la Línea 145. Olmedo recordó que es un servicio anónimo y gratuito que opera en el Ministerio de Justicia de la Nación y es el canal fundamental para que cualquier ciudadano denuncie la posibilidad de trata de personas en cualquiera de sus formas. A pesar de la resolución judicial en este caso particular, la persistencia de las denuncias y la vulnerabilidad de los trabajadores rurales mantienen encendido el debate sobre la necesidad de mayor fiscalización y articulación institucional para combatir la explotación en el ámbito laboral.

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