En un giro histórico para la política tributaria del país, el Congreso de la Nación ha sancionado una normativa que promete redefinir las reglas de juego entre el fisco y los contribuyentes. La Ley de Inocencia Fiscal, aprobada en una sesión maratónica, no es solo un conjunto de artículos; es, en palabras del Contador Público Nacional Wilfrido Enrique Meza, el nuevo «brazo ejecutor» de una política de Estado orientada a la transparencia, la recaudación estratégica y la pacificación del frente judicial tributario.
El escenario legislativo: Un triunfo político en la Cámara Alta
El camino hacia la sanción definitiva no fue sencillo, pero el resultado en el recinto reflejó una voluntad política clara. «El pasado viernes se aprobó en la cámara de senadores la ley de inocencia fiscal con 46 votos positivos, 25 en contra y una abstención».
Este respaldo legislativo llegó momentos después de un hito no menor: la aprobación del presupuesto nacional. Según explica el CPN Meza, la Ley de Inocencia Fiscal debe entenderse como el complemento indispensable de dicho presupuesto. Es «una herramienta principal del gobierno en este cambio estructural para mantener el equilibrio fiscal y obedecer las recomendaciones del Fondo Monetario conservando la relación con dicho organismo». El cumplimiento de las metas fiscales internacionales depende, en gran medida, de la efectividad con la que se aplique este nuevo régimen.
Reforma del Régimen Penal Tributario: Actualización de la Realidad Económica
Uno de los aspectos más extensos y detallados de la ley es la modificación de la Ley de Procedimiento Tributario y el Régimen Penal. Durante años, los montos para considerar que una evasión era delito penal habían quedado desvirtuados por la inflación, saturando los tribunales con causas menores.
El Contador Meza detalla que la ley «actualiza los montos a partir de los cuales se configura el delito penal» de la siguiente manera:
- Evasión Simple: Se produce un salto cuantitativo de «1.500.000 a 100.000.000». Esto significa que las maniobras que no superen este nuevo piso serán tratadas administrativamente, pero no llegarán al ámbito de la justicia criminal.
- Evasión Agravada: El umbral para los delitos de mayor escala se traslada de «15.000.000 a 1.000.000.000».
- Seguridad Social: En un intento por simplificar la regularización laboral, la base punible de evasión a la seguridad social pasa de «200.000 a 7.000.000».
Extinción de la Acción Penal: Una oportunidad única
La normativa introduce un concepto de «borrón y cuenta nueva» para aquellos que decidan ponerse al día. Meza resalta que ahora «se extingue la acción penal con la regularización de la situación fiscal».
Este mecanismo es un incentivo directo a la recaudación inmediata. La instrucción para el organismo recaudador es taxativa: «ARCA no iniciará acción penal cuando se cancelen las deudas con sus respectivos intereses». Sin embargo, esta es una puerta que no permanecerá abierta para siempre ni para todos de forma recurrente. La ley es clara al señalar que «este privilegio podrá usarse solo una sola vez por cada contribuyente», lo que busca evitar que la evasión se convierta en una conducta sistemática especulando con futuras moratorias.
Incentivo a la inversión: «Saque el dólar de abajo del colchón»
El espíritu de la ley busca atraer a quienes operan en la informalidad o mantienen ahorros fuera del sistema bancario nacional. Esta flexibilización se ha diseñado con el «ánimo de atraer inversiones de grandes contribuyentes».
El mensaje del gobierno, decodificado por el análisis de Meza, es directo para el inversor: «saque el dólar de abajo del colchón». El objetivo macroeconómico es «reducir los casos en litigio y ampliar la base tributaria». Al dar seguridad jurídica y reducir la persecución penal sobre capitales no declarados, se espera un flujo de divisas que alivie la presión sobre las reservas del Banco Central.
Plazos de Prescripción: Mayor seguridad jurídica
Otro punto neurálgico que beneficiará a los profesionales contables y a sus clientes es el «cambio en el plazo de la prescripción: se reduce el plazo de prescripción de las obligaciones tributarias de 5 a 3 años».
Esta reducción de dos años en la facultad de inspección del Estado es vista como una garantía de certidumbre. El contribuyente ya no deberá conservar documentación o estar bajo la sombra de una posible inspección por media década, lo que agiliza el cierre de ciclos fiscales.
El Nuevo Régimen Simplificado de Declaración Jurada
Para los contribuyentes de menor escala, la ley trae un alivio administrativo sustancial. Se establece un tope patrimonial de hasta «10.000.000» para acceder a un sistema de declaración simplificada.
En este nuevo esquema:
- «Los adherentes no tendrán la obligación de informar variaciones patrimoniales ni serán sujetos a controles de consumo».
- La determinación del tributo será mucho más lineal y menos invasiva, ya que «el impuesto se determinará sobre los ingresos facturados menos consumos sin fiscalización del incremento patrimonial».
En conclusión, la Ley de Inocencia Fiscal representa un cambio de paradigma. No se trata solo de cobrar impuestos, sino de formalizar la economía bajo nuevas reglas que priorizan la inversión y la eficiencia administrativa sobre la litigiosidad. Según el Contador Wilfrido Enrique Meza, el éxito de esta medida dependerá de la confianza que los contribuyentes depositen en este nuevo marco legal.
