Un fallo judicial otorgó una medida cautelar que suspende la aplicación de los artículos laborales de la polémica ley. La acción fue impulsada por la CGT, que cuestiona su constitucionalidad.
La Justicia Nacional del Trabajo dictó una medida cautelar que suspende la vigencia de los capítulos laborales de la Ley 27.802. La acción fue promovida por la Confederación General del Trabajo (CGT RA), que presentó una acción declarativa de certeza para obtener un pronunciamiento sobre la invalidez constitucional de más de treinta artículos que modifican la Ley de Contrato de Trabajo y otras normas del derecho colectivo.
Uno de los puntos centrales del debate fue la legitimación activa de la CGT. El Estado Nacional intentó desconocer su capacidad para representar al colectivo de trabajadores en este caso. Sin embargo, el fallo aplicó la «doctrina de los propios actos», señalando que el Estado ha reconocido a la central obrera en otros expedientes judiciales.
Para dictar la cautelar, el magistrado consideró que existe una «verosimilitud del derecho calificada». El fallo indica que las modificaciones introducidas por la ley podrían vulnerar principios constitucionales como la progresividad, la no discriminación y la libertad sindical. La decisión judicial cita doctrina de la Corte Suprema, recordando que las leyes deben interpretarse a favor del bienestar de las personas, especialmente en materia de derechos laborales.
La defensa del Estado Nacional argumentó que la suspensión afectaría el «interés público» y la división de poderes. El tribunal respondió que la intervención judicial es la que garantiza dicha división cuando una ley podría traspasar los límites de la Constitución Nacional.
La medida cautelar es provisional y el debate de fondo sobre la validez de la ley continuará su curso. Por el momento, se mantiene suspendida la aplicación de los artículos laborales cuestionados.
