La iniciativa modifica aspectos clave como las internaciones involuntarias, el rol de los profesionales y el abordaje de las adicciones, con el objetivo declarado de optimizar la intervención del sistema sanitario.
El Poder Ejecutivo remitió al Senado un proyecto de ley que introduce modificaciones sustanciales en la Ley Nacional de Salud Mental N.º 26.657, la Ley N.º 26.827 (Mecanismo nacional de prevención de la tortura) y en artículos del Código Civil y Comercial. La iniciativa, conocida este sábado, propone una reconfiguración del marco legal vigente.
En sus fundamentos, el Ejecutivo sostiene que la reforma se alinea con principios de Naciones Unidas y busca corregir «dificultades interpretativas» que, a su juicio, han generado inacción estatal en casos graves. Uno de los cambios centrales es la ampliación del objeto de la ley, que ahora incluye explícitamente la prevención, tratamiento, rehabilitación, recuperación e inclusión comunitaria.
El proyecto refuerza el rol de la mirada técnico-médica, estableciendo que los equipos interdisciplinarios deben incluir, entre otros profesionales, a un médico psiquiatra. En cuanto a las adicciones, se reafirma su tratamiento dentro de las políticas de salud mental, bajo la órbita del sistema sanitario.
La reformulación del control judicial es otro punto destacado: el juez debe ser notificado en 24 horas y tiene tres días para pronunciarse sobre una internación involuntaria. Se aclara que el alta y los permisos de salida serán facultad del equipo de salud.
Además, se habilita explícitamente a hospitales especializados en psiquiatría e instituciones privadas para realizar internaciones, incorporándolas formalmente a la red sanitaria. El texto también introduce ajustes en el Código Civil y Comercial, incorporando el estándar de «riesgo grave de daño» para internaciones sin consentimiento y actualizando normas sobre consentimiento informado.
