martes, 9 junio, 2026
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Se implementa conciliación obligatoria para reorganizar plantas funcionales de escuelas secundarias

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El Ministerio de Cultura y Educación (MyC) de la provincia de Formosa, emitió una resolución que habilita la conciliación obligatoria para reorganizar las plantas orgánicas funcionales de las escuelas secundarias y sus distintas modalidades.

La decisión se enmarca en la actualización e implementación de los Diseños Curriculares Jurisdiccionales del Ciclo Básico y del Ciclo Orientado, establecidos por la Ley Nacional de Educación Nº 26206 y la Ley Provincial Nº 1613.

Para profundizar en los alcances de la normativa, la profesora María Teresa Ibañez, directora de Nivel Secundario, destacó que la medida “fortalece la transformación educativa que viene desarrollando la provincia y garantiza la estabilidad laboral de todos los docentes involucrados”.

Al ser consultada sobre el impacto en el plantel educativo, Ibañez esbozó de manera categórica: “Todos los docentes titulares e interinos tienen garantizada su estabilidad laboral. Esta resolución lo ratifica explícitamente. No hay pérdida de horas ni de cargos; al contrario, se ordenan y reorganizan para acompañar los nuevos diseños curriculares”.

Además, la resolución también establece criterios para el personal suplente, cuya continuidad dependerá de la causa de designación y de la adecuación de funciones según la competencia de títulos.

Una reorganización necesaria para la transformación curricular

También, Ibañez explicó que la transformación educativa comenzó con retroactividad al ciclo lectivo 2023 y requiere flexibilizar y actualizar las plantas funcionales: “Nuestros nuevos diseños curriculares requieren estructuras más dinámicas, que permitan movilidad entre ciclos, modalidades y espacios curriculares. Esta medida nos da el marco administrativo para acompañar la propuesta pedagógica”, añadió.

En la misma línea, la funcionaria agregó que la conciliación obligatoria permitirá ordenar procesos como: reubicaciones y reasignaciones de docentes titulares e interinos, concentración de tareas, convocatorias a aspirantes conforme al Estatuto del Docente (Ley Nº 931).

Participación de las comunidades educativas

Por otra parte, la Directora remarcó que la reorganización no será unilateral y exclamó: “Cada institución definirá las funciones de su personal en base al Proyecto Educativo Institucional y al Proyecto Curricular Institucional. Nada se impone sin diálogo. Cada docente debe dar conformidad y luego eso se ratifica desde el Nivel”.

Cabe destacar que la resolución, también faculta a las Direcciones de Nivel y Jefaturas de Departamento a monitorear la movilidad del personal docente y administrativo.

“Es una medida que ordena, protege y acompaña”

Por último, Ibañez sintetizó el espíritu de la normativa: “Esta conciliación obligatoria es una herramienta administrativa para asegurar que la transformación educativa avance de manera ordenada, sin afectar derechos laborales y acompañando a cada escuela en su proceso institucional.”

La aplicación de la resolución es inmediata y alcanza a todas las modalidades del Nivel Secundario, incluidas las de gestión privada, Educación Intercultural Bilingüe, Anexos Rurales y Escuelas Especializadas en Arte.

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