El juez federal Daniel Rafecas envió un oficio al Congreso Nacional para solicitar el tratamiento legislativo de una norma que criminalice la tenencia de dispositivos electrónicos inhibidores de señales de comunicación, tras un caso en el que dos acusados fueron sobreseídos por un vacío legal.
El juez federal Daniel Rafecas envió un oficio al Congreso Nacional para solicitar el tratamiento legislativo de una norma que criminalice la “conducta de tenencia de artefactos electrónicos inhibidores de señales de comunicación”, dentro de los delitos contra la seguridad pública, contemplados en el Título VII del Código Penal. La medida se produce tras un caso en el que dos personas fueron sobreseídas porque la figura penal por la que fueron acusadas no se corresponde con los hechos.
“Considero que resulta propicio exhortar al Congreso de la Nación Argentina el debido tratamiento legislativo de una norma, de carácter penal, que tenga en miras la criminalización de la conducta de tenencia de artefactos electrónicos inhibidores de señales de comunicación, dentro de los delitos contra la seguridad pública”, señaló el magistrado en el oficio.
El caso se originó en octubre de 2023, cuando dos personas fueron detenidas en la zona de las avenidas Santa Fe y Callao, en la ciudad de Buenos Aires. Durante el procedimiento, uno de los sospechosos intentó escapar y arrojó un equipo de comunicación identificado como un dispositivo apto para inhibir señales electrónicas utilizadas por los sistemas de cierre centralizado de vehículos. Los inhibidores interfieren la comunicación entre la llave electrónica y el sistema de seguridad del automóvil.
Los acusados fueron procesados sin prisión preventiva en otro juzgado que llevó adelante la investigación y el caso llegó a juicio ante el juzgado federal 6, a cargo de Rafecas. En la etapa de juicio, el magistrado sobreseyó a ambos sin realizar el debate, por entender que la figura penal por la que fueron acusados no se corresponde con lo sucedido.
El día de los hechos, policías observaron a los sospechosos merodeando vehículos estacionados sobre la avenida Santa Fe. Los agentes advirtieron que caminaban observando los autos y mirando reiteradamente hacia ambos lados. Cuando intentaron identificarlos, uno de ellos emprendió la fuga y descartó un equipo de comunicación tipo HT marca Baofeng.
Un informe técnico elaborado por especialistas de la Policía de la Ciudad concluyó que el dispositivo funcionaba correctamente, transmitía en la frecuencia 433.890 MHz y poseía una potencia de 8 watts, muy superior a la de un control remoto de apertura y cierre de automóviles. Los peritos determinaron que, a corta distancia, el aparato podía interferir efectivamente la señal de los sistemas de cierre centralizado que operan en frecuencias cercanas a los 433 MHz. De acuerdo con el análisis técnico incorporado al expediente, el equipo “podría obstruir/interferir la señal” de apertura y cierre de un vehículo cuando se encuentra a una distancia cercana. La modalidad es utilizada para sustraer pertenencias del interior del vehículo o incluso para concretar el robo del automóvil sin necesidad de forzar cerraduras ni provocar daños visibles.
La investigación avanzó bajo la hipótesis de que la conducta podía encuadrarse en el artículo 197 del Código Penal, que reprime a quien interrumpa o entorpezca comunicaciones telegráficas, telefónicas o de otra naturaleza. Sin embargo, al revisar el caso para el juicio oral, Rafecas concluyó que no se verificaba una afectación al bien jurídico protegido por esa norma.
